Guía · actualizado el 27 de octubre de 2026

Vender un piso heredado en Sevilla: qué comprobar antes de publicarlo

Aceptación de herencia, plusvalía con bonificación, plazos y documentos: lo que un heredero debe saber antes de poner la vivienda en venta.

Primero, la herencia; después, la venta

Para vender una vivienda heredada hay que haberla aceptado e inscrito a nombre de los herederos. Eso implica la escritura de adjudicación, el Impuesto de Sucesiones y la plusvalía municipal de la propia herencia, que es un primer devengo distinto del de la venta posterior.

Si hay varios herederos, todos deben estar de acuerdo en vender y en el precio. Es frecuente que el inmueble se venda sin anunciarlo, entre contactos, precisamente para evitar desacuerdos y prisas: ese es el momento en el que Fincax Origen quiere ser útil.

La plusvalía de la herencia y la de la venta

Al heredar, el ayuntamiento de Sevilla aplica una bonificación a la vivienda habitual del fallecido cuando la adquieren cónyuge, descendientes o ascendientes, por tramos según el valor catastral del suelo, con requisitos de empadronamiento, de valor total de la herencia y de mantenimiento durante tres años. Es rogada: hay que pedirla en plazo.

Si después vendes, se genera una segunda plusvalía, ahora por el tiempo entre la herencia y la venta. Si vendes poco después de heredar y el suelo no ha subido, puede no estar sujeta.

  • Plazo de la plusvalía por herencia: seis meses desde el fallecimiento, prorrogables.
  • El valor de adquisición a efectos de la venta es el declarado en la herencia.

Documentos antes de publicar

Escritura de adjudicación inscrita, nota simple actualizada, último recibo del IBI, certificado de estar al corriente con la comunidad, certificado de eficiencia energética y, si procede, inspección técnica del edificio. Comprobar también cargas, ocupación y suministros evita sorpresas en la firma.

Calcular la plusvalía de la venta

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Fuentes
  • Ordenanza fiscal del IIVTNU del Ayuntamiento de Sevilla, art. 12.3 (bonificación mortis causa), verificada en la herramienta
  • Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y normativa autonómica andaluza aplicable
  • Real Decreto 390/2021 (certificado de eficiencia energética)
  • Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal, art. 9.1.e (certificado de deudas con la comunidad)

Contenido orientativo: no sustituye el asesoramiento fiscal o jurídico de tu caso.